martes, julio 8, 2025
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    En debate de la Ley de Fertilización Asistida

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    En el marco de un análisis previo a la tratativa de la ley de fertilización asistida en la Cámara de Diputados,  ley que asegura y regula la cobertura de los tratamientos de fertilización y que según informaron,  la Cámara de Diputados rechazarían  las modificaciones formuladas por la cámara de Senadores, que habían propuesto reducir  la cantidad de tratamientos a una sola vez al año en contrapartida al proyecto que desde un principio propone tres tratamientos de alta complejidad con intervalos de tres meses cada uno y cuatro al año en tratamientos de baja complejidad. Sin embargo, Radio Dinamo 100.9 entrevistó a la Dr. Miriam Trujillo especialista en fertilización asistida, que con una mirada profesional expresó al detallle la importancia del tiempo, en un tratamiento de alta complejidad, para mujeres de 40 años o mas:

    “Sé que las mayorías de las Obras Sociales, cuando no todas,  limitan a tres tratamientos por año. La mayor parte de las mujeres que requieren un tratamiento de alta complejidad es cuando más edad tienen, prácticamente cuando se están quedando sin óvulos.  Poner un número limitado de tratamientos a una mujer  de 40 años o mas, no alcanzaría y siendo que el  tratamiento es de alta complejidad» y enfatizó: «En mujeres de más 40 años se necesita el doble de tratamientos por año entre 5 o 6 al año en estos casos se necesitan acelerar estos tiempos, no demorar los tratamientos de alta complejidad”

    “Es una enfermedad que no solamente afecta al factor físico sino que también al psicológico, y según los datos de la Organización Mundial de la Salud entre un 14% y 16% de la población mundial se ve afligida por esta situación, sobre todo, mientras más avanzada la edad de la mujer el porcentaje de infertilidad aumenta”

    El proyecto

    El proyecto establece que el Instituto Provincial de Salud de Salta (IPSS) incorporará en su nomenclador las prestaciones para la cobertura médico-asistencial a sus afiliados con patología clínica de salud reproductiva, sin perjuicio de las obligaciones que les corresponda asumir a las entidades de coseguro en lo relativo al co-pago.

    En los términos de la ley que proponen los diputados provinciales, las personas podrán acceder a un máximo de 4 tratamientos anuales con técnicas de reproducción medicamente asistida de baja complejidad, y hasta 3 tratamientos de reproducción medicamente asistida, con técnica de alta complejidad en total, con intervalos mínimos de 3 meses entre cada una de ellas.

    Considera que las técnicas de reproducción asistida se realizarán solamente cuando haya posibilidades razonables de éxitos, no supongan riesgos graves para la salud física o psíquica de la persona o la posible descendencia.

    En los casos de técnica de reproducción medicamente asistida de baja complejidad, el consentimiento es revocable en cualquier momento del tratamiento o hasta antes del inicio de la inseminación. En los casos de técnica de reproducción de alta complejidad, el consentimiento es revocable hasta antes de la implantación del embrión. 

     

    De nuestra redacción. 

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