En diálogo con Radio Dinamo 100.9, el abogado querellante Juan Casabella Dávalos, informó más detalles sobre la causa a Terrón Villagrán, y comenzó señalando que se habría secuestrado una serie de elementos informáticos, dado que la denuncia consiste en el abuso de una menor y la posibilidad de que hubiera tomado fotos de la menor en el momento del abuso. Con tal motivo, “el juzgado actuante, en esa oportunidad, ordenó el secuestro del material informático que podía ser compatible con la denuncia. La defensa se opuso al control y la apertura de dicha prueba, bajo el pretexto de la preservación de la intimidad del denunciado”.
“Es así que de uno de los equipos secuestrados se constató la existencia de material pornográfico infantil, delito penado por la ley; en principio la ley penal actual no castiga la tenencia pese a que ya se han dado fallos judiciales en contrario, si se pena la distribución y provisión de dicho material a menores. Dado que es un delito distinto por el que se inició la causa de la que soy parte y pese a que es prueba de la causa, sin perjuicio de ello es prueba de un delito distinto que es el de Distribución de material pornográfico infantil iniciando una nueva causa judicial”, explicó.
“En este nuevo proceso en contra del antes mencionado, no formo parte, pero por trascendidos periodísticos se pudo constatar que el CIF habría avanzado en la investigación de dicho material dando por sentado y verificado que se trata de un manejo y distribución de dicho material por parte de Terrón Villagrán”, indicó.
Casabella Dávalos también sostuvo. “Hay recursos de apelación ya presentados por parte de la fiscalía y de mi persona en relación a la mala actuación de la jueza interviniente al momento de la primera detención y arresto con prisión domiciliaria, juicio que se encuentra en la etapa de conclusión de la investigación penal preparatoria. En este caso, hay acumuladas dos causas, una por el delito en contra de la menor y otra por un ataque contra una colega, tienen ya el pedido de elevación a juicio. La prueba registrada constituye un agravante de la denuncia inicial”, sentenció.
De Nuestra Redacción.