viernes, noviembre 8, 2024
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    12 Planteos del Colegio de Abogados a la Corte de Justicia de Salta

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    El Colegio planteó distintas situaciones que obstaculizan el ejercicio profesional, genera demoras en las tramitaciones de los expedientes y producen una respuesta extemporánea de la Justicia frente a los justiciables.

    El martes 11 de junio, el Consejo Directivo del Colegio de Abogados se reunió con la Corte de Justicia. Participaron de la misma el Presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Salta, Humberto Pedro Burgos (H), los consejeros Vanina Zamora, Trinidad Arias, Natalia Aramayo, Eliana Verchán, y Víctor Sarmiento. Por la Corte el Presidente del Alto Tribunal, Guillermo Catalano el Vicepresidente, Ernesto Samson; el juez Decano, Guillermo Posadas, y los jueces de Corte Teresa Ovejero y Pablo López Viñals.

    El Colegio planteó los siguientes puntos, que deberán resolverse y que contribuirán a un servicio de justicia más eficiente tanto en la Capital, como en el interior de la provincia:

    1.- MEJORAR LA IMPLEMENTACIÓN DEL DOMICILIO PROCESAL ELECTRÓNICO en los juzgados civiles, ejecutivos y de familia. Se propuso la eliminación del formulario de constitución, sustituyéndola por la modalidad utilizada en el fuero laboral, que facilita la continuidad del expediente y resulta de mayor practicidad. Los Juzgados ya conocen la matrícula de cada letrado, que se consigna en las presentaciones, por lo que se recomendó que emitan un decreto intimando a las partes para que en el plazo de cinco días se sustituya el domicilio (Matrícula) registrado por otro, de lo contrario se deberá tener como domicilio procesal electrónico la matrícula del profesional actuante.

    2.- URGENTE IMPLEMENTACIÓN DEL IURIX EN CIUDADES DEL INTERIOR DE LA PROVINCIA Y EN LOS JUZGADOS CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS. Al no implementarse el Iurix, se genera desigualdad y discriminación con los colegas del interior de la provincia que no pueden acceder a decretos, sentencias y otros documentos indispensables para ejercer su profesión. Esta situación también es actual en los juzgados de Contencioso administrativo, generando así desigualdad en los fueros.

    3.- FALTA DE IDENTIFICACIÓN EN EL IURIX DEL FUNCIONARIO FIRMANTE. También se advirtió que para realizar las cédulas y diligencias que surgen en el Iurix no se indica quien firma los decretos o las resoluciones a los fines de poder complementar las cédulas sin llegarse hasta el tribunal.

    4.- FIJACIÓN DE AUDIENCIAS LABORALES EN PLAZOS IRRAZONABLES QUE DESNATURALIZAN EL PROCESO. Esto sucede específicamente en el Juzgado de trabajo N°6, Distrito Centro y en el Juzgado de Trabajo de Orán. Las audiencias en estos juzgados se fijan para octubre del año 2020, en el caso del primero y en junio 2020 en el segundo, lo que implica un exceso en los plazos de la Justicia, desnaturalizando el proceso y obstaculizando la producción de la prueba, por el paso del tiempo.

    5.- FALTA DE PERITOS. Frente de la falta de peritos médicos en general, el Colegio de Abogados recomendó a la Corte ampliar el número de peritos idóneos para la materialización y producción de pruebas, incluso generando contratos de locación de servicios o de otra índole, ya que la ausencia de los mismos obstaculiza la producción de la prueba.

    6.- DEMORAS SERVICIO MEDICO PODER JUDICIAL. No existen plazos razonables en la fijación de las Juntas Médicas requeridas en este servicio, dilatando o generando demoras en los procesos.

    7.- ELIMINACIÓN DE RESTRICCIONES PARA PRÉSTAMO DE EXPEDIENTES.

    8.- MEJORAS EN EL TRATO AL PROFESIONAL LITIGANTE. Se advirtió respecto a la necesidad de la elaboración de un protocolo para el trato al profesional, exhortando a los empleados de Mesa de Entrada a seguir un protocolo basado en el buen trato al profesional.

    9.- DEMORA EXCESIVA EN LA REGULACIÓN DE HONORARIOS EN ALGUNOS JUZGADOS DE FAMILIA.

    10.- UNIFICAR EL CRITERIO DE LOS JUZGADOS de acuerdo a temas específicos: 1) unificar criterios respecto a la validez del poder presentado en juicio según lo establecido en el art. 363 del C.C.; 2) Evitar el envío del Expediente Sucesorio a la Caja social de abogados y a Dirección General de Rentas de la Provincia luego de dictada la declaratoria de herederos y al requerir el letrado una copia certificada de la misma.

    11.- IMPULSAR LA PUESTA EN MARCHA DEL JUZGADO CIVIL N°2 DE TARTAGAL. Si bien por ley este juzgado ya existe, no se concreta desde hace varios años porque no existe el presupuesto adecuado para llamar a concurso. En este sentido instar en forma conjunta ante las autoridades respectivas que se concrete y ponga en funcionamiento el Juzgado, a los fines de brindar un mejor servicio de justicia a los ciudadanos de Tartagal.

    12.- IMPLEMENTACIÓN DE SECCIÓN DE NOVEDADES EN LA PÁGINA DE LA CJS. Dado que la jurisprudencia de la CJS de Salta es obligatoria para las partes y los tribunales inferiores, solicitamos que la página, en la sección de Jurisprudencia, tenga una Sección de NOVEDADES, donde se publiquen semanalmente los últimos fallos ordenados por materia.

     

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