Mediante la Resolución N°3/24, el Directorio del Ente Regulador de Servicios Públicos ordenó que se inicie un «reempadronamiento obligatorio» para todos los usuarios del servicio de Agua Potable y Desagües Cloacales, de la provincia de Salta.
De acuerdo a lo informado el proceso se extenderá por 90 días, periodo en el cual los usuarios de ambos servicios deberán completar un formulario que está disponible en los sitios oficiales del Organismo y la empresa Aguas del Norte.
Una vez más el Ente Regulador de Servicios públicos utiliza sus potestades para obligar a los usuarios y no a la empresa prestadora de servicios : «aquellos usuarios que no cuenten con la posibilidad de reempadronarse de manera digital, podrán hacerlo de manera presencial dirigiéndose a las oficinas de la prestadora o del Ente distribuidas a lo largo del territorio salteño», afirma la resolución.
«Mediante el trámite aquellos que cuentan con Tarifa Social podrán conservar el beneficio ó aquellos que no lo tienen, acceder al mismo en caso de que corresponda», agrega el comunicado.
En esta ocasión «el Ente», obliga a los usuarios de los servicios a realizar un trámite por deficiencias de información de la propia empresa, en este caso, Aguas del Norte que debería contar con un padrón actualizado de todos sus clientes a quienes les provee del servicios. Pues al parecer la empresa no cuenta con esta imprescindible información y la carga recae, nuevamente, sobre los usuarios.
Este hecho nos lleva a reflexionar sobre la utilidad de la existencia del Ente Regulador de Servicios Públicos de Salta.